IMPUESTOS

Impuestos Adicionales en Compras: Configuración de ISC, CDT y Propina Legal

5 min de lectura831 palabras

Impuestos Adicionales en Compras: ISC, CDT y Propina Legal

Guía Completa de Configuración y Reporte

Además del ITBIS, una factura de compra puede traer otros impuestos que no son acreditables: no se recuperan como crédito fiscal, forman parte del costo del gasto y tienen su propia casilla en el reporte 606. Digimart maneja tres:

  • ISC (Impuesto Selectivo al Consumo) — típico en telecomunicaciones (10%) y seguros.
  • CDT (Contribución al Desarrollo de las Telecomunicaciones) — 2% en facturas de telecom.
  • Propina Legal — el 10% obligatorio de la Ley 5432 en restaurantes, hoteles, bares y cafés.

Los tres comparten la misma mecánica: se registran por separado del ITBIS, engordan el total que se le debe al proveedor, van al costo y se reportan en su propia columna del 606.

Paso 1: Crear el impuesto en el catálogo

Ve a Configuración → Impuestos → Nuevo Impuesto. Cada impuesto necesita tres datos:

  • Tipo de Impuesto: selecciona el que corresponda — Selectivo al Consumo para el ISC, Otro para el CDT, o Propina de Ley (10%) para la propina.
  • Porcentaje: la tasa que aparece en la factura del proveedor (10, 2, 18...).
  • Cuenta Contable de Impuesto: la cuenta donde se acumulará. Es obligatoria y determina a qué cuenta se debita el monto en el asiento.

El tipo es lo más importante. No es una etiqueta cosmética: es lo que decide en qué columna del 606 termina el monto y a qué cuenta va el asiento. Un impuesto creado con el tipo equivocado se reporta en la casilla equivocada.

Paso 2: Aplicarlo al registrar el gasto

Al crear el gasto, en cada línea del detalle hay un campo Impuestos. Ahí seleccionas todos los que apliquen a esa línea: puedes combinar ITBIS con ISC, CDT y propina en la misma línea.

Digimart calcula cada impuesto sobre el monto de la línea de forma independiente. Es decir, la base del ITBIS es el consumo, nunca el consumo más la propina — que es justamente como debe emitirse una factura de restaurante:

  • Subtotal (consumo): RD$1,000.00
  • Propina Legal 10%: RD$100.00
  • ITBIS 18% (sobre los RD$1,000): RD$180.00
  • Total factura: RD$1,280.00

Importante: registra la propina como un impuesto de la línea, no como una línea aparte. Si la capturas como una línea adicional apuntando a una cuenta de gasto, el monto queda dentro del subtotal y el 606 lo reportará como monto facturado en servicios o bienes, no en la casilla de propina.

Cómo se ve en el gasto

En el detalle del gasto, el Resumen Financiero muestra cada impuesto en su propia fila: Impuestos (el ITBIS), ISC, Otros Impuestos (CDT) y Propina Legal (10%). El campo Impuestos contiene únicamente el ITBIS; los demás nunca se mezclan ahí.

El Total del gasto es la suma de todo: subtotal + ITBIS + ISC + CDT + propina. Y el Monto Restante también los incluye, porque son parte de lo que se le debe al proveedor.

Efecto contable

Al ser impuestos no acreditables, los tres van al costo, no a una cuenta por cobrar de impuestos. En el asiento del gasto:

  • Cada impuesto se debita a la cuenta contable configurada en el impuesto. Si no tiene cuenta, cae en la cuenta del gasto.
  • La cuenta por pagar al proveedor se acredita por el total incluyendo esos impuestos.
  • Si el gasto es al contado, el pago registrado también los incluye.

El ITBIS es el único que va a una cuenta de impuesto adelantado (crédito fiscal), porque es el único acreditable.

Dónde aparecen en el reporte 606

Cada impuesto tiene su columna dedicada en el formato oficial:

  • Impuesto Selectivo al Consumo — el ISC.
  • Otros Impuestos/Tasas — el CDT y cualquier impuesto de tipo Otro.
  • Monto Propina Legal — la propina de la Ley 5432.

Ninguno de los tres se suma al Total Monto Facturado, que es la base (servicios + bienes). La DGII valida que ese total sea igual a la suma de servicios más bienes, así que incluir los impuestos adicionales ahí invalidaría el archivo completo.

En el comprobante electrónico (e-CF)

Cuando el gasto se emite como e-CF, el ISC y el CDT viajan en el bloque ImpuestosAdicionales con su código DGII, y suman al MontoTotal del XML. Para eso el impuesto debe tener configurado su código DGII correspondiente (004 para ISC de telecomunicaciones, 003 para seguros, 002 para CDT).

La propina legal no es un impuesto adicional del e-CF: no lleva código DGII y no se declara en ese bloque. Se reporta únicamente en el 606.

El ITBIS es el único que determina el Indicador de Facturación de cada línea (18%, 16%, 0% o exento). Los impuestos adicionales no afectan ese indicador.

Importación masiva

La plantilla de importación con layout 606 incluye columnas para ISC, Otros Impuestos (CDT) y Monto Propina Legal. Al importar, Digimart resuelve automáticamente la cuenta contable de cada uno desde el catálogo de impuestos del tenant.

Si la plantilla trae un monto en alguna de esas columnas pero no existe el impuesto configurado con su cuenta contable, la importación se detiene con un mensaje indicando exactamente cuál falta crear. Es intencional: preferimos que lo configures antes que registrar el gasto con el monto en la cuenta equivocada.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo recuperar el ISC, el CDT o la propina como crédito fiscal?

No. Los tres son no acreditables: forman parte del costo del gasto y son deducibles del ISR en la misma medida en que lo sea el gasto que los originó, pero nunca se restan del ITBIS a pagar.

¿La propina legal lleva ITBIS?

No. El ITBIS se calcula solo sobre el consumo. Si ves que tu factura calcula el 18% sobre consumo más propina, revisa con el proveedor: la base está mal.

El proveedor no desglosa la propina en la factura, ¿la calculo yo?

No. Reporta únicamente lo que el comprobante muestra desglosado. No se debe forzar un 10% que el proveedor no facturó por separado.

¿Qué pasa si registré uno de estos impuestos con el tipo equivocado?

El monto aparecerá en la columna equivocada del 606. Corrige el tipo en Configuración → Impuestos y vuelve a guardar el detalle del gasto para que se reclasifique, o contáctanos si ya declaraste ese período.


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